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Antecedentes históricos del ESCUDO DE ESPAÑA

El proceso heráldico del escudo de España ha conocido los siguientes periodos:
* En los antiguos reinos de Castilla y Aragón se llevaron pendones carmesíes con castillos y leones y cuatribarrados respectivamente, continuando así incluso durante los reinados de los Reyes Católicos, predominando el empleo de los colores encarnado y amarillo.
* DINASTÍA TRASTÁMARA (1368-1516): El Escudo de los Reyes Católicos está constituido por las Armas de los Reinos de Castilla, León y los de la Corona de Aragón. A partir de la conquista de Granada en 1492, incorporan las armas de este Reino a su escudo.
* Felipe I (1506) el Hermoso, en su efímero matrimonio con la Reina Juana I de Castilla, introdujo el signo distintivo de la casa de su madre, María de Borgoña, esto es, el aspa de Borgoña o aspa de San Andrés, que consiste en dos troncos de árbol desprovistos de sus ramas y cruzados en aspa. Por haber sido instrumento para el martirio del santo, están teñidos con su sangre y casi siempre se representan en rojo o carmesí. Este símbolo se llevó desde principios del siglo XVI prácticamente hasta 1931 en que la Segunda República lo demolió. Desde 1971 figura en el guión del Príncipe de Asturias y desde 1975 en el de S.M. el Rey Don Juan Carlos I.
* La primera Bandera Española pudo verse con motivo de la batalla de Pavía (1525), en la que nuestras tropas llevaron como enseña telas blancas con aspas encarnadas. Esa misma bandera se llevó también en la mar.
* DINASTÍA AUSTRIA: En un primer periodo (1516-1556), incorporan las armas de Borgoña, Flandes, Brabante y Tirol. Carlos I timbra el escudo con la corona imperial e incorpora las columnas de Hércules con la leyenda Plus Ultra y acola el escudo con el Toisón de Oro. Felipe II (1556-1598), Felipe III (1598-1621) y Felipe IV (1621-1665), así como Carlos II (1665-1700), usan las armas antes mencionadas, sin la corona imperial, incorporando Felipe II en 1580 las armas de Portugal.
* DINASTÍA BORBÓN-ANJOU: El escudo de Felipe V (1700-1746), incorpora las lises de la casa de Borbón, con la bordura en gules (rojo), sigue utilizando el Toisón de Oro y añade la Orden del Espíritu Santo en forma de collar. Carlos III (1759-1788) añade las armas de los Ducados de Parma y Toscana y sustituye la Orden del Espíritu Santo por la que lleva su propio nombre. También instituyó la bandera encarnada y amarilla, de tres listas (la central, amarilla, de doble ancho) para los buques de guerra y la de cinco para las demás embarcaciones; la primera se convertiría, paso a paso, en la Bandera de España. Carlos IV (1788-1808) sigue en la misma línea que su padre.
* DINASTÍA BONAPARTE: (Haremos referencia a los Bonaparte, aunque se podría entender que esta información está de sobra y es improcedente. No obstante, a título informativo y teniendo en cuenta lo dicho) José I (1808-1813) divide el escudo en seis cuarteles, 1º Castilla, 2º León, 3º Aragón, 4º Navarra, 5º Granada y 6º el nuevo Mundo, representado con las columnas de Hércules. También añade en el escusón las armas de los Bonaparte.
* DINASTÍA BORBÓN-ANJOU: Fernando VII (1808-1833) vuelve a recuperar el escudo de sus antepasados, y su hija Isabel II (1833-1868) sigue en la misma línea.
* EL GOBIERNO PROVISIONAL (1868-1869): Bajo dictamen de la Real Academia de la Historia, unifica el escudo de España con los siguientes cuarteles: 1º Castilla, 2º León, 3º Aragón, 4º Navarra y 5º Granada, entado en punta, lo timbra con la corona mural, suprime el escusón con las armas de la Dinastía Borbón-Anjou y coloca las columnas de Hércules, sin coronas.
* DINASTÍA SABOYA (1870-1873): Amadeo I continúa con el escudo anterior y restablece la corona real y sitúa en el escusón las armas de su familia.
* LA I REPÚBLICA (1873-1874): Restablece la corona mural y suprime las armas de los Saboya.
* DINASTÍA BORBÓN-ANJOU: Alfonso XII (1874-1885) y Alfonso XIII (1886-1931) restablecen la corona real y añaden las lises con la bordura de gules (rojo) de su familia y acola el collar del Toisón de oro.
* LA II REPÚBLICA (1931-1939): Vuelve a restablecer la corona mural y suprime las armas de los Borbón-Anjou, utilizando las mismas armas que en la I República.
* LA ETAPA DEL GENERAL FRANCO (1936-1975): Se utiliza una heráldica semejante a la utilizada por los Reyes Católicos, sustituyendo las armas de Aragón-Sicilia por las de Navarra, se añaden las columnas de Hércules y la divisa "una, grande y libre". El Real Decreto 1511/1977 de 21 de enero, aprueba el Reglamento de Banderas, Insignias y Distintivos, por el que se modifica la colocación de la divisa del escudo, siendo el principal cambio surgido con respecto al anterior, el que el águila de San Juan se presenta de forma azorada, es decir, en disposición de emprender vuelo, cobijando bajo sus alas las columnas de Hércules, que hasta la fecha se encontraban por fuera de ellas.

El ESCUDO DE ESPAÑA se rige por la Ley 33/1981 de 5 de octubre (BOE nº 250, de 19 de octubre de 1981), que lo describe en los siguientes términos:

* Artículo 1º. El escudo de España es cuartelado y entado en punta. En el primer cuartel, de gules o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro. En el segundo, de plata, un león rampante, de púrpura, linguado, uñado, armado, de gules o rojo y coronado de oro. En el tercero, de oro, cuatro palos, de gules o rojo. En el cuarto, de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su color. Entado de plata, una granada al natural, rajada de gules o rojo, tallada y hojada de dos hojas, de sinople o verde.

Acompañado de dos columnas de plata, con base y capitel, de oro, sobre ondas de azur o azul y plata, superada de corona imperial, la diestra, y de una corona real, la siniestra, ambas de oro, y rodeando las columnas, una cinta de gules o rojo, cargada de letras de oro, en la diestra "Plus" y en la siniestra "Ultra".

Al timbre, corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas salen sendas diademas de perlas, que convergen en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona, forrada de gules o rojo.

* Artículo 2º. El escudo de España, tal como se describe en el artículo anterior, lleva escusón de azur o azul, tres lises de oro, puestas dos y una, la bordura lisa, de gules o rojo, propia de la dinastía reinante.
* Artículo 3º. Por Real Decreto se hará público el modelo oficial del escudo de España regulado por la presente Ley.

Otras normas que hablan sobre el ESCUDO DE ESPAÑA son:

* El Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre (BOE nº 303, de 19 de diciembre de 1981). Escudo y su colocación en la bandera.

Artículo 1º. De conformidad con lo dispuesto en el art. 3º de la Ley 33/1981, de 5 de octubre, se hace público el modelo oficial del escudo de España, cuyo diseño lineal será el que a continuación se inserta.

Artículo 2º. El escudo de España habrá de figurar en:

1. Las banderas que ondeen en el exterior o se exhiban en el interior de las sedes de los órganos constitucionales del Estado; los edificios y establecimientos de la Administración central, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado; los edificios públicos militares y los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Seguridad del Estado, así como de las unidades de ambas fuerzas con derecho al uso de la bandera; los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, las residencias de sus Jefes y, en su caso, sus medios de transporte oficial.

Artículo 3º. El escudo de España tendrá una altura equivalente a 2/5 de la anchura de la bandera y figurará en ambas caras de ésta en el centro de la franja amarilla.

Cuando la bandera de España tenga la proporción normal, de longitud igual a tres medios de la anchura, el eje del escudo se colocará a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera.

Si la longitud fuera menor a la normal o la bandera tuviere la forma cuadrada, el escudo se situará en el centro de la enseña.

* Ley 39/1981, de 28 de octubre (BOE nº 271, de 12 de noviembre). Uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas.
* El Real Decreto 2267/1982 de 3 de septiembre (BOE nº 221, de 15 de septiembre), en el que se hace la especificación técnica de sus colores, según el sistema internacional CIELAB.


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